sábado, 14 de julio de 2012

EL CABILDO DE TENERIFE DEVOLVERÁ LA TASA DE LAS LICENCIAS CLASE A (con armas) SI SE SOLICITA EN EL PLAZO QUE FINALIZA EL DÍA 4 DE AGOSTO

Solo podrán acogerse quienes, hayan obtenido la licencia de caza para armas en el periodo entre el 18 de mayo de 2012 y el 29 de junio de 2012, como consecuencias de las decisiones contrapuestas del Consejo Insular de Caza de Tenerife y el Consejo Regional de Caza.

Por Resolución de la Sra. Consejera Insular de Medio Ambiente, Sostenibilidad Territorial y Aguas, de fecha 11 de julio de 2012 se dictó la siguiente resolución
En fecha 17 de mayo de 2012 se celebró sesión ordinaria del Consejo Insular de Caza de Tenerife al objeto de informar sobre la Orden Canaria de Caza, tal y como preceptúa el artículo 3.a) de sus propios Estatutos de funcionamiento, acordándose por mayoría de los miembros presentes informar la viabilidad de apertura de caza de conejo con perro, hurón y escopeta desde el 16 de septiembre hasta el 4 de octubre, informe que fue remitido al Consejo Regional de Caza y cuyo contenido trascendió a los medios de comunicación.
Finalmente, la Orden de 27 de junio de 2012, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2012, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 127, de 29 de junio, no recogió la modalidad de caza de conejo que había sido informada por el Consejo Insular de Caza de Tenerife.
A raíz de la medida aprobada se han presentado algunas reclamaciones de devolución de importe de tasa por expedición de licencia de caza Clase A, motivadas en la creencia de que la medida informada por el Consejo Insular de Caza de Tenerife y publicitada en los medios iba a ser la definitiva.
La Orden Canaria de Caza es la norma jurídica que determina las modalidades y condiciones para la caza en cada isla y año, teniendo los acuerdos previos tomados al respecto en el Consejo Insular de Caza de Tenerife el carácter de informe-propuesta, preceptivos pero no vinculantes. No obstante, desde esta Consejería se entiende que la publicidad de los acuerdos del Consejo Insular de Caza pudo haber ocasionado la existencia de un error en aquellos cazadores que solicitaron y obtuvieron una licencia de caza Clase A tras la celebración del Consejo Insular de Caza de Tenerife y antes de la publicación de la Orden Canaria de Caza.
Al objeto de racionalizar y simplificar el procedimiento de anulación de las licencias de caza Clase A que pudieran estar viciadas por dicho error, y en virtud de las competencias atribuidas por el Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife, resuelvo:
1.- Aprobar el siguiente procedimiento de anulación de licencias de caza Clase A concedidas desde el día 18 de mayo de 2012 hasta el día 29 de junio de 2012:
PROCEDIMIENTO DE ANULACIÓN
DE LICENCIA DE CAZA CLASE A
1.- Interesados:

Tendrán la consideración de interesados aquellas personas que hayan obtenido una licencia de caza Clase A expedida por el Cabildo Insular de Tenerife desde el día 18 de mayo de 2012 hasta el día 29 de junio de 2012 (ambos inclusive).
2.- Solicitudes:
Aquellos interesados que deseen la anulación de su licencia de caza Clase A deberán presentar la correspondiente solicitud (en el modelo aprobado como Anexo I a las presentes normas) en el Registro de Entrada del Área de Medio Ambiente, Sostenibilidad Territorial y Aguas, o en los Registros General y Auxiliares del Cabildo Insular de Tenerife hasta el día 4 de agosto de 2012 (inclusive)
3.- Resoluciones provisional y definitiva de anulación:
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y tras efectuar las comprobaciones oportunas, se dictará resolución con la relación de las licencias Clase A anuladas provisionalmente, concediendo un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados desde el día siguiente a la publicación decorrespondiente anuncio en el Tablón de Anuncios del Cabildo Insular de Tenerife para que los titulares de las licencias anuladas entreguen el título documental de las mismas (tarjeta original) en la Unidad de Caza del Servicio Administrativo de Medio Ambiente y Sostenibilidad Territorial del Cabildo Insular de Tenerife, sito en planta 0 del Pabellón Insular Santiago Martín, Los Majuelos, La Laguna.

Finalizado dicho plazo, se dictará resolución con la relación de las licencias Clase A anuladas definitivamente, procediéndose a la publicación del correspondiente anuncio en el Tablón de Anuncios del Cabildo Insular de Tenerife.
4.- Devolución del importe de la tasa:
Para proceder a la devolución de la tasa abonada por la expedición de la licencia anulada definitivamente, el interesado deberá presentar en el Registro General o Auxiliares del Cabildo Insular de Tenerife modelo debidamente cumplimentado del Alta de Terceros con los datos de la cuenta bancaria en la se solicita el ingreso de la devolución de la tasa, acompañado de la documentación señalada en el mismo.
5.- Expedición de nuevas licencias de caza en el año en curso.
Las personas a las que se les haya anulado provisionalmente la licencia de caza Clase A podrán, previa entrega del título documental de la licencia (tarjeta original), solicitar la expedición de nueva licencia de caza conforme a la normativa vigente, previo la tarifa de la tasa correspondiente a la expedición de la nueva licencia.
2.- Publicar la presente resolución en el Tablón de Anuncios del Cabildo Insular de Tenerife, dando traslado del mismo a la Federación Insular de Caza, Federación de Asociaciones para la Gestión Cinegética de la Isla de Tenerife, y Sociedades de Cazadores (colaboradoras o no)”.
En San Cristóbal de La Laguna, a 11 de julio de 2012.

La Consejera Insular de Área. Ana Guadalupe Mora Padilla
SOLICITUD DE ANULACIÓN DE LICENCIA DE CAZA CLASE A (2012)

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Datos del solicitante:

Nombre

Apellidos

NIF/NIE

Fecha Nacimiento

Domicilio

Municipio

Provincia

CP

Nacionalidad

E-mail

Teléfono/s

Fax











Expone:

Que entre el 18 de mayo y el 29 de junio de 2012 solicité y obtuve licencia de caza Clase A expedida por el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, a la vista de la información publicada relativa al informe aprobado por el Consejo Insular de Caza de Tenerife, entendiendo por error que la decisión tomada en dicho órgano no se vería modificada posteriormente por la Orden de Caza de Canarias. Sin embargo, a la vista de las modalidades de caza autorizadas para el 2012 en la Orden publicada en el BOC nº 127, de 29 de junio de 2012

Solicita:

PRIMERO: Que se proceda a la anulación de la licencia de caza Clase A expedida a mi nombre con el número de licencia: ______________.
SEGUNDO: Que se proceda a la devolución del importe de las tarifas abonadas en concepto de tasa por la expedición de dicha licencia y sus complementos, en la cuenta corriente abierta a mi nombre facilitada en el Alta de Terceros del Cabildo Insular de Tenerife.



En ………………………………, a ……… de ……………………………… de …………




Fdo: El solicitante

 

Conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos recabados en este documento son de carácter obligatorio, y serán incorporados en ficheros de titularidad del Cabildo de Tenerife para los usos y finalidades previstos por la ley en relación con la actividad cinegética. Estos datos serán tratados de forma confidencial. En cualquier momento podrá ejercitar los derechos de acceso, oposición, rectificación o cancelación mediante escrito que podrá presentar en el Registro General de la Corporación, ubicado en Plaza España, 1 - 38003 Santa Cruz de Tenerife.

 
Sra. Consejera Insular del Área de Medio Ambiente, Sostenibilidad Territorial y Aguas

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